REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, cuatro (04) de agosto de dos mil nueve (2009).
199º y 150º
ASUNTO: FP02-S-2009-003314
Resolución N° PJ0262009000112
Vista la anterior solicitud de CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la ciudadana: WILLIMAR JOVANNA RODRIGUEZ TOVAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.509.013, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el ciudadano: LUIS PEREZ, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 105.792 de este domicilio, a favor de la ciudadana: IDALIS CAROLINA DE SOLIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.185.592 de este domicilio, este Tribunal observa que las disposiciones sobre el procedimiento de consignaciones arrendaticias previstas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, exigen el arrendatario consignen ante el Tribunal la suma ofrecida a los fines de ponerla a disposición del beneficiario.
En el presente caso se observa que el arrendatario consignó copia fotostática del Cheque de Gerencia N° 10016189 a nombre de IDALIS CAROLINA DE SOLIS y no consigno el original del cheque a nombre de la beneficiaria, por tales motivos se Declara Inadmisible la presente Solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento interpuesta por la ciudadana: WILLIMAR JOVANNA RODRIGUEZ TOVAR arriba identificada. Así se decide.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los cuatro (04) día del mes de Agosto del año dos nueve (2009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Enelides Arredondo
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
La Secretaria.,
Enelide Arredondo
NAR/ea/enilse.
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