REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, trece de agosto de dos mil nueve
199º y 150º


Vista la diligencia de fecha 11 de agosto del 2009 inserta en el folio 47 del cuaderno principal, suscrita por el abogado Rachid Ricardo Hassani El Souki, en su condición de apoderado de la parte actora en el presente juicio de acción reivindicatoria incoado por Cesar E. Reyes Chacin contra Rosmary de los Angeles Mogollon Monroy, todos debidamente identificados en autos, mediante la cual solicita se decrete el secuestro del inmueble litigioso ante la posibilidad de que la parte demandada pueda apelar de la sentencia, el tribunal niega por improcedente en derecho la medida cautelar así solicitada ya que la petición del diligenciante es contraria a la letra del artículo 599-6 del Código de Procedimiento Civil, el cual permite el decreto del secuestro una vez que el poseedor de la cosa litigiosa ha apelado, sin dar fianza para responder de la cosa y sus efectos. Es claro que la norma no contempla la mera posibilidad de la apelación, sino que exige la efectiva interposición del recurso. Así lo decide este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,


Ab. Soraya Charboné.-


MAC/aji
ASUNTO: FH02-X-2009-000116
Resolución Nº PJ0192009000464