ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-001720
ASUNTO : UP01-P-2006-001720


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 13-10-2009, condenó al ciudadano ARMANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 21.302.170, natural de San Felipe Estado Yaracuy, nacido en fecha 31/03/1988, soltero, obrero, hijo de Armando Rodríguez y Sonia Torres, residenciado en la Calle 4 con Avenida 02, Brisas del Terminal, Municipio Independencia, Estado Yaracuy a cumplir la pena de Tres (3) años y Cuatro (04) meses de prisión por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION DE CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicass; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el referido penado fue detenido el día 16-06-2006, hasta 13-10-2009 por lo que se infiere que lleva detenido TRES (3) AÑOS Y VEINTICIETE DIAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta TRES DÍAS, finalizando la condena el 04-12-2009 a las 12:00 p.m de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que el mencionado penado que podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA de conformidad a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal en el articulo 494; y puede solicitar Redención de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que le realice el informe Psicosocial al mencionado Penado. Visto la solicitud de la Defensa se ordena oficiar a la Junta Rehabilitadora del Internado Judicial de esta Ciudad. Cúmplase.-

JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1
ABG. ESMERALDA LÓPEZ

ABG. DANIELA SILVA SECRETARIA