REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, catorce de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: FP02-S-2009-4505
RESOLUCION Nº: PJ0242009000210
Con fecha 14 de octubre de 2.009, la ciudadana MARIA ERNESTINA RONDON, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-8.864.964 domiciliada en esta ciudad en la Av. Bolívar de los Coquitos, asignada al Mereyal, calle Victoria, casa Nº 26, asistida en este acto por el ciudadano EFREN CARVAJAL, Venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 140.120, presentó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (no penal) Civil, solicitud formal de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO de su hijo ANDRES ANTONIO, la cual fue recibida en esa misma fecha por este Tribunal, en virtud de que se cometió error material, en el Acta de Nacimiento de ANDRES ANTONIO, instrumento éste que se encuentra asentado en el acta Nº 349, Libro 2, Tomo 5, del Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Heres en el año 1.991, al folio 66, y en la cual se incurrió en el error involuntario que consiste en el cambio de nombre de su madre el cual es MARIA ERNESTINA RONDON y no MARIA CRISTINA RONDON; conformándose en lo dispuesto en los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil.-
El Tribunal para dictar el fallo correspondiente previamente considera:
UNICA:
Aparece en el original del acta de nacimiento del ciudadano ANDRES ANTONIO que evidentemente se transcribió el nombre de su madre de forma errónea, es decir que colocaron su nombre “MARIA CRISTINA RONDON” siendo lo correcto “MARIA ERNESTINA RONDON“.-
Considera esta sentenciadora que la voluntad expresa de la solicitante MARIA ERNESTINA RONDON es que se le corrija el error en que se incurrió al asentar su nombre en el acta de nacimiento de su hijo como “MARIA CRISTINA RONDON” siendo incorrecto, pues su verdadero nombre es: “MARIA ERNESTINA RONDON”, y como quiera que tal corrección no dimana ni origina efectos jurídicos ante terceros, sino sólo un interés personal que la solicitante manifiesta en su referida solicitud, y acogiéndose el tribunal a Jurisprudencias reiteradas de otros Tribunales de la República, conforme a los trámites solicitados en el auto de admisión de la misma, concluye, que la solicitud debe declararse CON LUGAR en la definitiva y así se decide.-
En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano ANDRES ANTONIO a fin de que aparezca en el acta de nacimiento el nombre de su madre correctamente “MARIA ERNESTINA RONDON”, por lo que se ordena oficiar lo conducente a la autoridad por ante la cual se asentó el acta de nacimiento, para que se sirva insertar esta Sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos , y estampar la nota marginal en el acta Nº 349, Libro Nº 2, Tomo 5, año 1.991, Folio 66, llevados por la Prefectura del Municipio Heres, conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Ciudad Bolívar a los catorce (14) días del mes de diciembre del año Dos Mil Nueve (2009).- Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO
EL SECRETARIO ACC.,
ABG. ORLANDO J. PALACIO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, a las 2:30 P.M.
EL SECRETARIO ACC.,
ABG. ORLANDO J. PALACIO
MEF/OJP/Gustavo
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