REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 15 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-002028
ASUNTO : UP01-P-2007-002028



EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como a quedado la sentencia dictada en fecha 03-06-2008 por el tribunal de control N-5 del Estado Yaracuy en el asunto UPOI-P-2007-002028, se determina que el penado OMAR ENRIQUE FLORES MEJIAS venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad v-19173711, fue condenado a cumplir la pena de , DIEZ AÑOS de prisión por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO sancionado en el articulo 458 Y 470 del codigo penal y habiendo quedado definitivamente firme la sentencia este tribunal procede a ejecutarla. En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena :Se determino que fue detenido el 30-06-07 hasta la presente fecha por lo que lleva detenido seis 6 meses y quince dias por lo que se evidencia que el penado puede optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO habiendo cumplido 1/4de la pena en fecha 30-12-2009 RÉGIMEN ABIERTO habiendo cumplido 1/3 parte de la pena en fecha 30-10-2010 la LIBERTAD CONDICIONAL habiendo cumplido ¾ partes de la pena y la gracia del CONFINAMIENTO habiendo cumplido ¾ partes de la pena en cumpliendo la totalidad de la pena en fecha30-06-2017 notifíquese a la Fiscalia undécima del ministerio publico el penado y la defensora quinta . Se ordena remitir copia a la consultoria jurídica del internado judicial Yaracuy Cúmplase.

Abg. Luís Valdivieso
Juez de Ejecución N° 2 La secretaria