REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control N°1 de la Sección Adolescentes
Del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy

San Felipe, 17 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2009-000011
ASUNTO : UP01-D-2009-000011

Revisado el contenido de la solicitud interpuesta por el Abg. Gregory Reyes, quien requiere de este Tribunal de Control N°1 especializado de esta Circunscripción Judicial el traslado del adolescente: Maudelle Alexander Rojas Barboza , de nacionalidad venezolana, natural de San Felipe del Estado Yaracuy, de 17 años de edad, con fecha de nacimiento 25/12/1991, residenciado en la calle 08, con vereda 12, casa Nº 3, Marín de Estado Yaracuy, sin identificación , toda vez que el adolescente alega que ha sido amenazado, y en resguardo y seguridad de los demás internos que se encuentran recluidos en el Centro, así como el personal que allí labora, se requiere el traslado del Adolescente y vista la solicitud interpuesta por la representante del adolescente encartado ciudadana Yuleydy Barboza quien requiere a este Tribunal de Control N°1 especializado el traslado del adolescente aun Centro Hospitalario para su evaluación, es te Tribunal para decidir lo peticionado observa:

Este Tribunal de Control N°1 especializado en razón a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, principio de interpretación y aplicación de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los niños y adolescentes a fin de asegurar el desarrollo integral y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y en razón a sus derechos consagrados en la Ley de disfrutar del mas alto nivel posible de salud física y mental y de tener acceso a los servicios de salud de carácter gratuito y de la mas alta calidad , este Tribunal de Control Nº 1 acuerda el traslado del adolescente previa las seguridades del Casio a un Centro Hospitalario a fin de evaluarlo físicamente y una vez que sea practicada su evaluación el medico tratante deberá remitir con carácter de urgencia las resultas del mismo. Se ordena libra oficio a la Entidad de Atención a los fines de trasladar al adolescente Maudelle Alexander Rojas Barboza previa las seguridades del caso a un Centro Hospitalario de la localidad. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.


La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes

Abg. Yurubí Domínguez Ochoa


La Secretaria

Abg. Rosana Ceressa