REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, veintidós (22) de enero de 2009
198º y 149º



Visto que para el día de hoy, jueves veintidós (22) de enero de 2009, a las diez de la mañana (10:00 am), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Reprogramada en la presente causa y por cuanto no puede ser celebrada por asuntos propios de este Juzgado que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicha audiencia. En consecuencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, este Tribunal acuerda de oficio reprogramar la Audiencia Preliminar y la fija para el día LUNES NUEVE (09) DE FEBRERO DE 2009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), sin necesidad de notificación de las partes, las cuales se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ.



La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL.


ASUNTO N° UP11-L-2007-000346-Oswaldoliscano.