REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

OCHENTA Y UNO (81)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Veintisiete (27) de Enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000146

Por cuanto para el día de hoy, VEINTISIETE (27) DE ENERO DE 2009, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por cuanto coincide con la celebración de otra audiencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, se ordena: REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el día MARTES DIECISIETE (17) DE FEBRERO DE 2009, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se ordena notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ





La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL


AL/NR/gp