REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR
 
Bolívar, 13 de Enero de 2009
 
Años 198º y 149º
 
ASUNTO: FP02-L-2008-000299
 
 
 
 
IDENTIFICACION DE LAS PARTES: 
 
PARTE ACTORA: PLACIDO HUMBERTO RODRIGUEZ
 
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARBALLO
 
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO HERES DEL ESTADO BOLIVAR.  
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA
 
MOTIVO: SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE LOS SALARIOS CAIDOS
 
 
 
ACTA  DE APERTURA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR  Y DESISTIMIENTO 
 
 
 
En el día de hoy,  Trece  (13)  de Enero del Dos Mil Nueve, siendo las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este JUZGADO TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION  DEL  TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR, deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, razón por la cual y con fundamento en lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. Igualmente, se deja constancia que la parte demandada no compareció a la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.)
 
LA JUEZ,
 
 
ABG. OLGA VEDE RUIZ	                                        
 
 
                                                               LA SECRETARIA,
 
                                                                                                                                                                                            ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES
 
 
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