ASUNTO: FP02-V-2008-001311
RESOLUCION N° PJ0212009000001
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
En horas de Despacho del día de hoy 07 de Enero de 2009, siendo las diez de la mañana (10:00 am), día y hora fijada para que tenga lugar el Primer Acto Conciliatorio, en el juicio de Divorcio, signado con el número indicado arriba en el asunto, se anunció el acto con las formalidades de ley y no habiendo comparecido ninguna de las partes ni por si ni por medio de Apoderados Judiciales, este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tiene desistida la demanda y DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los Artículos 756, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Parágrafo Segundo del Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. El Tribunal deja constancia que se encuentra presente en este Acto el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo del Ministerio Público. Se ordena la devolución de los documentos originales. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN N° 01
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
EL FISCAL
LA SECRETARIA DE LA SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
Elaborado por Yumeris Aray.
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