JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de Febrero de 2009
Años: 198° y 150°

EXPEDIENTE : 5574
PARTE ACTORA : MARITZA JUSTINA BARRAGAN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, sin Cédula de Identidad, domiciliada en la Calle 13 entre Carreras 7 y 8 de la ciudad de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy.
ABOGADA ASISTENTE PARTE ACTORA : JUDITH YEPEZ GONZALEZ, Inpreabogado N° 35.185.

MOTIVO : RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Se inicia el presente procedimiento por solicitud suscrita y presentada por la ciudadana MARITZA JUSTINA BARRAGAN FERNANDEZ, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JUDITH YEPEZ GONZALEZ, Inpreabogado Nº 35.185, y recibida en este Tribunal por distribución de fecha 10 de octubre de 2008.
En la misma, solicita la parte actora la rectificación de su partida de nacimiento, alegando que la misma adolece de error material involuntario por parte del funcionario al asentar el nombre de su madre como JOSEFINA HERNANDEZ siendo lo correcto HILDA JOSEFINA FERNANDEZ de BARRAGAN; tal como se desprende de las copias certificadas de su Partida de Nacimiento expedidas por el Registro Civil Principal del Estado Yaracuy (folio 3) y por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña Yaritagua Estado Yaracuy (folio 4).
Admitida la solicitud en fecha 14 de octubre de 2008, se ordenó el emplazamiento por edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el acto de oposición a la solicitud. De igual forma, se ordenó la notificación a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Publicado el Edicto ordenado, el mismo fue consignado por la parte actora ciudadana MARITZA JUSTINA BARRAGAN FERNANDEZ, debidamente asistida de la abogada Judith Yépez González, mediante diligencia de fecha 02 de diciembre de 2008 y el mismo corre inserto al folio 13 y agregado al proceso por auto de fecha 03 de diciembre de 2008.
Al folio 15 consta auto del Tribunal, aperturando el lapso probatorio de diez días de despacho, conforme al artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
Al folio 16 consta Boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público del Estado Yaracuy, y consignada por la Alguacila de este Tribunal en fecha 20 de Febrero de 2009.
Al folio 17 consta escrito de opinión favorable presentado en fecha 25 de febrero de 2009, por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE

El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil Venezolano, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 05 al 07, ambos inclusive, y que contienen documentos de la ciudadana HILDA JOSEFINA FERNANDEZ DE BARRAGAN, tales como: 1) copia certificada de la Partida de Nacimiento expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña Yaritagua Estado Yaracuy, 2) copia certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña Yaritagua Estado Yaracuy, 3) copia certificada del Acta de Matrimonio expedida por la Secretaria del Concejo Municipal del Poder Popular Bolivariano y Socialista del Municipio Peña Yaritagua, Estado Yaracuy.
Revisados y examinados los mismos por el Tribunal, este observa que el error señalado se comprueba con la referida documentación anexa; y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el presente juicio, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA MARITZA JUSTINA BARRAGAN FERNANDEZ, N° 31, expedida por la Registradora Principal del Estado Yaracuy y por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña Yaritagua Estado Yaracuy, de fecha 24 de enero de 1956.
En consecuencia, corríjase la referida partida de nacimiento, en la siguiente forma: En donde se asentó el nombre de la madre de la solicitante como JOSEFINA HERNANDEZ, diga en lo adelante HILDA JOSEFINA FERNANDEZ, que es lo correcto.
Expídase copia certificada de la presente decisión al Registro Civil del Municipio Peña Yaritagua del Estado Yaracuy y al Registro Civil Principal del mismo Estado, a los fines de que sirva corregir la referida Partida de Nacimiento, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, a objeto de que suscriba la correspondiente nota marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA MARITZA JUSTINA BARRAGAN FERNANDEZ, N° 31, expedida por la Registro Civil del Municipio Peña Yaritagua del Estado Yaracuy y al Registro Civil Principal del mismo Estado, de fecha 24 de enero de 1956. Líbrese oficio y copias certificadas. Se le asignó N° 5574 de la nomenclatura de este Tribunal.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 26 días del mes de febrero de 2009. Años: 198° y 150°.
La Jueza,

Abog. WENDY C. YÁNEZ RODRIGUEZ
La Secretaria Temporal,

Abg. INES M. MARTINEZ R.
En esta misma fecha y siendo la 1:15 p.m. se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,

Abg. INES M. MARTINEZ R.