REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 05 de Febrero de 2009
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001230
PARTE ACTORA: Pablo Eleuterio González, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.865.683.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Freddlyn Morales, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 108.483.-
PARTE DEMANDADA: Granda C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Delia D´aurea, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 118.206.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales

Hoy, 05 de Febrero de 2009, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparece el Dr. Freddlyn Morales, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 108.483 y quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la actora Pablo Eleuterio González, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.865.683, por una parte y por la otra la Dra Estrella Morales, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 26.439, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la empresa Granda C.A. a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma esgrimiéndose situaciones de índole legal y jurisprudencial, por lo que, en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Jueves 05 de Marzo de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ



Los Presentes