REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 05 de Febrero de 2009
195º y 147º
ACTA DE INICIO Y PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001523
PARTE ACTORA: Richard Ernesto Ramos Marcano, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.863.291.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Héctor Rafael Hernández, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 43.640.-
PARTE DEMANDADA: Expresos Maturin C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Licet Martínez, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 43.910.
MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales
Hoy, 05 de Febrero de 2009, siendo las 09:30 a.m., previa la habilitación del tiempo necesario, el cual se acuerda por no ser contrario a derecho al orden público o a las buenas costumbres, se deja expresa constancia que a la misma comparecen el ciudadano Richard Ernesto Ramos Marcano, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.863.291, debidamente asistido por el Dr. Héctor Rafael Hernández, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 43.640, por una parte y por la otra la Dra. Licet Martínez, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 43.910, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la empresa Expresos Maturin C.A., a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a la parte actora quien ratifica en todas y cada una de sus partes lo contenido en su escrito libelar alegando concluyendo de esta manera su exposición confiriéndosele de seguido el derecho de palabra a la parte demandada quien manifiesta reconocer la relación laboral, que no esta de acuerdo con los conceptos reclamados, así como tampoco está de acuerdo con las fechas de ingreso y egreso esgrimido, alega improcedencia de algunos conceptos, entre ellos cesta Tickets, concluyendo su exposición. Acto seguido el tribunal solicita de las partes sus escritos de promoción de pruebas y sus elementos anexos, los cuales son consignados por las partes de la manera siguiente: PARTE ACTORA: Consigna en Dos (02) folio útil su escrito de promoción y en 132 folios útiles sus elementos probatorios como anexos y la PARTE DEMANDADA: Consigna en Cuarenta y Uno (41) folio útil su escrito de promoción de pruebas y en 68 folios útiles sus elementos probatorios los cuales se ordena mantener en reserva hasta la oportunidad procesal de ser agregados a los autos y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Miércoles 04 de Marzo de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los Presentes