REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 17 de febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-S-2008-000008
Vista la diligencia de fecha 06 de febrero de 2009, presentada por el abogado MAURICIO INFANTE B., inscrito en el IPSA bajo el nº 33.560, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PERSOL, C.A., a través de la cual, DESISTE del procedimiento de Oferta Real de Pago instaurado; éste Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación permisiva del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte la Homologación correspondiente, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente a los fines de su seguridad y resguardo.
El Juez Sexto,
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala
ABG. RAQUEL GOITIA
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