ASUNTO: FP02-S-2007-004168
RESOLUCION Nª PJ0212009000091
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de-cujus JULIO RAFAEL RODRIGUEZ, fallecido en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 16 de Abril de 2007, a sus hijos la Adolescente JULICRUZ MERCEDES RODRIGUEZ FERRER y los ciudadanos CRUZ ALCAHALI FERRER DE RODRIGUEZ, JULIO CESAR RODRIGUEZ FERRER y JULIO YAMMARCO RODRIGUEZ FERRER. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la parte interesada y déjese copia certificada de la presente declaración.-
EL JUEZ DE PROTECCION (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
Elaborado por Yeniulys Arevalo
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