REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolivar
Ciudad Bolivar, dieciséis de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : FP02-R-2008-000368
Vista la diligencia de fecha 04 de febrero de 2009, que contiene el DESISTIMIENTO suscrito por el ciudadano Cipriano Antonio Eurea Sánchez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal.- Ahora bien, por cuanto el apoderado actor desiste de la apelación, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, habida cuenta de la capacidad del apoderado actor para desistir, HOMOLOGA el presente desistimiento como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
El Juez
Dr. Manuel Alfredo Cortés
La Secretaria,
AB. Soraya A. Charboné P.-
MAC/SCH/editsira
Resolución N° PJ0192009000087
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