REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, veinticinco de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
Visto el desistimiento hecho por la ciudadana Emmy Yusmelia Suárez Infante, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Grau Prieto, con motivo del juicio de divorcio incoado en contra de Julio Cesar Sanoja Aguilar, todos plenamente identificados en autos. El Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, dá por consumado el acto y procede, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a homologar como en efecto lo hace; y en virtud de lo antes decidido, ordena devolver los originales señalados previa certificación en autos. En consecuencia, se da por terminadas las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de archivo judicial de este estado a los fines de su mejor resguardo, constante de veintiocho (28) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné.-
MAC/aji
ASUNTO: FP02-S-2007-004272
Resolución Nº PJ0192009000099
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