REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar


Con fecha 18 de noviembre de 2008, el ciudadano: Arnaldo José Zerpa Mazzulli, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.078.240 y de este domicilio, debidamente asistido por la ciudadana Edita Frontado Jiménez, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 93.784 y domiciliada en el Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, presentó por ante la U.R.D.D. (no penal) Civil, solicitud de rectificación de acta de nacimiento, la cual fue recibida en esa misma fecha (18/11/08) por ante este Tribunal, en virtud de que se cometieron unos errores materiales, en su acta de nacimiento se le colocó el primer nombre como "ARNOLDO" y no el verdadero "ARNALDO", igualmente se cometió el error que el nombre del padre se lee “LUIS ARNOLDO” cuando lo correcto es “LUIS ARNALDO”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil.-

El Tribunal, para decidir, hace las siguientes consideraciones:

P R I M E R A:

Aparece en el acta de nacimiento acompañada, evidenciado que se cometieron los errores alegados por el solicitante, en razón de que fue señalado su primer nombre como "ARNOLDO" y no el correcto "ARNALDO", asimismo el nombre del padre como “LUIS ARNOLDO” cuando lo correcto es “LUIS ARNALDO”.-

S E G U N D A:

Que de los documentos consignados por el interesado, copia simple de la cédula de identidad del solicitante, aparece señalado su primer nombre como "ARNALDO", que es el que le corresponde. Del mismo modo en la copia simple de la cédula de identidad del padre del interesado aparece señalado correctamente el nombre de aquel como “LUIS ARNALDO”, lo que demuestra la existencia de los errores materiales contenidos en el acta de nacimiento a rectificar.-
T E R C E R O:

Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en este acto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la rectificación del acta de nacimiento, del ciudadano Arnaldo José Zerpa Mazzulli, a fin de que el primer nombre del solicitante aparezca en su acta de nacimiento sea señalado como: ARNALDO y no ARNOLDO, e igualmente el nombre del padre como: LUIS ARNALDO y no LUIS ARNOLDO, corrigiendo así los errores cometidos en el momento de la inserción del acta de nacimiento en referencia, por lo que se ordena oficiar lo conducente a la autoridad por ante el cual se asentó el acta de nacimiento, para que se sirvan insertar esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimiento, y estampar la nota marginal en el acta N° 200 de fecha 05 de febrero de 1.990, Libro 1, Tomo 2, al folio 200, conforme a lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.-

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el Tribunal.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veinticinco días del mes de febrero del dos mil dos nueve. Años 198° de la Independencia y 150º de la Federación.-
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las dos de la tarde.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
MAC/aji
ASUNTO: FP02-S-2008-007007
Resolución Nº PJ0192009000101