REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO SEDE EN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
CIUDAD BOLIVAR, 06 DE FEBRERO DE 2009.-
198º y 149º


ASUNTO: FP02-S-2009-000172

El día 28 de enero de 2009 la ciudadana Francy Castillo presentó escrito haciendo oposición al titulo supletorio presentado por el ciudadano José Javier Sánchez Lugo signado con el N° FP02-S-2009-172, alegando la mencionada ciudadana que sobre las bienhechurías a las que el mencionado ciudadano esta solicitando dicho titulo, ella está haciendo las solicitudes correspondientes de compra a la Alcaldía de Heres desde los primeros días del mes de noviembre de 2008.

Que ella ya ha llevado la mayoría de las gestiones y está por salir el contrato de compra y que el señor Sánchez a sabiendas de toda la situación, se tomó la decisión de construir en el terreno.

Que ella procedió a colocarle la denuncia en la Policía el día martes 13 de enero de 2009, día en que comenzó a construir y el oficial que tomó la denuncia le pidió que paralizara la obra y acudiera a la comisión de urbanismo de la Alcaldía para exponer su caso.

Que habiéndole paralizado la obra tanto la Policía del Estado como la dirección de urbanismo de la Alcaldía de Heres, el mencionado ciudadano hizo caso omiso y continuó su obra, por lo que decidió solicitar a este Tribunal se paralice su solicitud de titulo supletorio por parte del señor Sánchez hasta se solucione el conflicto existente en el mencionado terreno.
Por cuanto los argumentos expuestos por la ciudadana Francy Castillo evidencian que los interesados mantienen una situación de conflicto en torno al inmueble y bienhechurías descritas en el documento presentado por José Javier Sánchez Lugo, conflicto cuya resolución compete a la jurisdicción contenciosa, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sobresee este procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil para que los interesados propongan las demandas que consideren pertinentes.

El Juez,

Ab. Manuel Alfredo Cortés

La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné


MAC/SCH/editsira
RESOLUCIÓN N° PJ0192009000069