San Felipe, dieciocho (18) de Febrero de dos mil nueve (2009)
198° Y 149°
Vista las actas procesales que conforman el expediente N° A-0188, nomenclatura particular de este Juzgado, incoado por el abogado Juan Antonio Gutiérrez Camacho, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.203, apoderado judicial de la ciudadana Maria Nieves Jiménez de Ochoa, contra el ciudadano Walter José Matrundola Sánchez, y visto que el demandado hasta la presente fecha no ha dado cumplimiento a la medida decretada el 30 de junio del año 2008; este Tribunal acuerda extender dicha medida con una vigencia de seis meses, a partir del treinta (30) de Diciembre de dos mil ocho (2008), hasta el treinta de Junio (30) de dos mil nueve (2009). En consecuencia se ordena a la parte demandada, ciudadano Walter José Matrundola Sánchez, cumplir con lo establecido en la Medida Cautelar dictada por este Juzgado, la cual se acordó en su numeral 1° lo siguiente:
Sic…. “Se acuerda la entrega a la parte demandante de una (01) llave del portón que se encuentra en la entrada del lote de terreno identificado con la letra “B” dentro del referido predio denominado fundo Santa Fe, ubicado a la margen izquierda de la carretera Guama-Guarabao, en la persona de la ciudadana Maria Nieves Jiménez de Ochoa, para que pueda entrar al lote de terreno donde se encuentra la laguna, a los efectos que se realicen las actividades diarias, cotidianas y necesarias, para el uso y racional aprovechamiento de las aguas, tal como lo establece los artículos 24, 25 y 26, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario…”
Todo esto en aras de garantizar la protección de la actividad agroalimentaria que se realiza en el Fundo Santa Fe, y así establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable. Así mismo se ordena librar boleta de notificación a la parte demandada. Cúmplase.-
LA JUEZA,
DRA. LINDA LUGO MARCANO.
LA SECRETARIA,
Abg. BETSY RAMIREZ
LLM/BR/mm.-
EXP.A-0188
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