REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, cinco (05) de febrero de dos mil nueve (2009).
198° y 149°
Vista la transacción suscrita entre las partes, ciudadano JAIME ENRIQUE RODRIGUEZ, parte demandada, asistido por el Abogado GUSTAVO ALFONSO MENDOZA RAMIREZ, y el Abogado CESAR AUGUSTO GUERRERO TREJO, en su carácter de parte demandante, en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil nueve (2009), y que corre inserta a los folios catorce (14) y quince (15), con su respectivo vuelto del cuaderno de secuestro, realizada por ante el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en El Vigía. Este Tribunal HOMOLOGA la misma, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto conste en autos el cumplimiento de lo acordado. Agreguense los carteles de intimación librados a la parte demandada en fecha dieciocho (18) de septiembre de dos mil ocho. (2.008) CUMPLASE.-


JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
AJOB/svg.


LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original, que se encuentra, en el expediente N° 750-08. DEMANDANTE: ABG.CESAR AUGUSTO GUERRERO TREJO. DEMANDADO: JAIME ENRIQUE RODRIGUEZ. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Certificación que hago en El Vigía, a los cinco (05) días del mes de febrero de dos mil nueve (2009).



SECRETARIA

ABG. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA