REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 20 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-005319
ASUNTO : UP01-P-2008-005319

Por cuanto fui designada Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en funciones de Control No 03, en virtud del nombramiento que se me hiciere por la comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según resolución N0 CJ-09-987, de fecha 04 de Junio de 2009, ME ABOCO, al conocimiento de la presente causa a los fines de realizar la tramitación necesaria. Visto el escrito de fecha 01 de Junio de 2009, presentado por el abogado CARLOS GABRIEL TORREALBA GAMARRA, en su condición de Fiscal Auxiliar Décimo del Ministerio Público con Competencia en Drogas, mediante el cual solicita AUTORIZACION PARA DESTRUCCION DE SUSTANCIAS de ALCALOIDES DE COCAINA (CRACK), incautadas al ciudadano: DANNI WINER GONZALEZ GARCIA, relacionada con la Investigación signada con la nomenclatura interna 22F10-D-0130-08; (H-899,990) UP01-P-2008-0005319, este Tribunal para decidir observa:
Al respecto, el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas establece: “El juez de control autorizará a solicitud del Ministerio Público la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto quienes constatarán su correspondencia con la sustancia incautada…”.
En razón de que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Tres es competente para pronunciarse sobre la solicitud para destrucción de la Sustancias, en este caso de ALCALOIDES DE COCAINA (CRACK), y dado el daño orgánico, físico y psíquico que dicha sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas producen en los seres humanos así como a la Sociedad, y dado que la Experticia Química No9700-244-2304 de fecha 24/03/2009, indica que dichas sustancias ilícitas no tiene fines terapéuticos; este Tribunal Autoriza al Ministerio Publico a la destrucción de la misma debiendo participar de la incineración a este Tribunal. Notifíquese. Cúmplase.

Juez de Control No. 3
Abg. Darcy Lorena Sánchez Nieto

La Secretaria
Abg. Meibis Carolina García Herrera