REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 13 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000273
ASUNTO : UP01-P-2008-000273
EJECUCION DE SENTENCIA
En vista que la sentencia dictada en fecha 28 de ABRIL DE 2009 POR EL TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL de este circuito judicial penal ha quedado definitivamente firme en causa seguida A CIRILO NATALIO CELIS Venezolano mayor de edad titular de cedula de identidad N- 5.444.435,QUIEN FUE CONDENADO HA CUMPLIR LA PENA DE DOS 2 AÑOS Y SEIS 6 MESES DE PRISION por el Delito de RETENCION ILICITA DE DOCUMENTOS PUBLICOS previsto y sancionado por el articulo 78 de la ley contra la corrupción, Este tribunal de ejecución penal procede a ejecutarla Seguidamente el Juez impone a las partes el motivo de la Audiencia y lee el auto mediante el cual ejecuta la sentencia dictada en fecha 28 de abril de 2009 por el tribunal sexto de control de este circuito judicial penal y por cuanto la pena impuesta le permite optar al beneficio de suspensión condicional de la pena ”. :”Se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de la elaboración del Informe Psico- Social Y así mismo se designa como correo especial a la ciudadana MARITZA COROMOTO ALAMBARRIO DE CELIS Titular de la cedula de identidad NV-4.875.883 para que por ante el ministerio del interior y justicia, División de Antecedentes Penales, recabe la carta de antecedentes y una vez que conste en auto estos recaudos se fijara la respectiva audiencia. Para otorgar o no el beneficio correspondiente . en este mismo acto se dan por notificados el penado, al igual que la Defensa y el Fiscal. Es todo,
El Juez de Ejecución
Abg. Luís José Valdivieso la Secretaria