REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Veintidós (22) de Julio de Dos Mil Nueve
199º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2009-000270

Visto que para el día Jueves 23 de Julio de 2009, a las Dos de la Tarde (2:00 PM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en el presente asunto, y por cuanto la Coordinación Laboral de este Circuito emitió Circular Nro. 018-2009, a fin de informar que en ocasión de la Jornada de Fumigación anunciada para el día 23-07-2009, mediante Circular N° 0020, emanada de la Dirección Administrativa Regional del Estado Yaracuy, NO HABRÁ DESPACHO. En consecuencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, este Tribunal acuerda DIFERIR la Audiencia Preliminar diferida, para el VIERNES SIETE (07) DE AGOSTO DE 2009, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM). No se notifica a las partes, por cuanto se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.-

LA JUEZ,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ.


El Secretario Temporal,


Abg. RUBEN E. ARRIETA A.

AVLH/REAA/lisbethcamacaro