REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
CUARENTA Y SEIS (46)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Treinta y Uno (31) de Julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000195
Visto que la Audiencia Preliminar en el presente asunto esta prevista para el día de hoy, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.) y debido a asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez del Despacho presidir la misma, en consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR de oficio la Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES DOCE (12) DE AGOSTO DE 2009, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
El Secretario,
Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA
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