ASUNTO: FP02-S-2009-003123
RESOLUCION NºPJ0212009000539.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Visto el convenimiento realizado en fecha 26 de junio de 2009, presentado por los ciudadanos: LUIS ANTONIO BENCOSME RODRIGUEZ y GRACIEMAR KAIRUZAN MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.546.355 y 12.194.568, respectivamente, en representación de los Adolescentes (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente). Se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el convenimiento presentado, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal, de conformidad con lo previsto en el artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)

DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.

LA SECRETARIA DE SALA ACC.

DRA. MARIA EUGENIA SALAZAR
Elaborado por Yumeris Aray