FP02-V-2009-000715
RESOLUCION N° PJ0212009000650
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el Desistimiento de la pretensión realizada por la ciudadana BELKIS MARGARET TAPIA RIZZO, plenamente identificada en autos, respectivamente, y vista la opinión del Fiscal de Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal da por consumado el acto, autoriza el desistimiento realizado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil, HOMOLOGA el desistimiento de la pretensión y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada (relativa), de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se suspenden todas las medidas preventivas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 19 de Mayo de 2009. Se ordena oficiar al JEFE DE PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (U.D.O.). Cúmplase, líbrese oficio y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
Elaborado por Yumeris Aray.
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