: FP02-V-2009-000073
RESOLUCIÓN: PJ0232009000596
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

En horas de Despacho del día de hoy 21 de Julio de 2009, siendo las diez de la mañana (10:00am), día y hora fijada para que tenga lugar el Segundo Acto Conciliatorio, en el juicio de Divorcio, signado con el número indicado en el asunto, se anunció el acto con las formalidades de ley y no habiendo comparecido la parte Actora se declara Desierto, se deja constancia de que estaba presente el Dr. Walfredo Méndez, Fiscal Séptimo de Protección del Niño y del Adolescente, igualmente se deja constancia de la presencia de la parte demandada ciudadano HECTOR SILVA, debidamente asistido por el abogado JESUS REAL; I.P.S.A. Nº 30.306, en consecuencia, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los Artículos 756 y 757, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Parágrafo Segundo del Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena dejar sin efecto las medidas de embargo decretadas en el presente expediente y la devolución de los documentos originales. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (3)

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
FISCAL DE PROTECCIÓN

LA PARTE DEMANDADA y SU ABOGADO ASISTENTE


LA SECRETARIA DE SALA(ACC)

ABOG. MARIA EUGENIA SALAZAR