REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
JURISDICCIÓN CIVIL.-

ASUNTO: FP02-S-2008-0005797
Resolución N° PJ0182009000478

“Vistos”.-
Por escrito de fecha 19-09-2008, la ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, debidamente asistida de la abogada SULEIMA CONDE, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.171 y de este domicilio, solicitó la INSERCION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, la cual no se encuentra asentada en el Registro Principal del Estado Bolívar, tal como consta del encarte marcada con la letra "A". Solicitó al tribunal se sirva ordenar la inserción de su partida de nacimiento en los correspondientes libros de registros civiles.-

Por auto de fecha 24-10-2008, se admitió la demanda cuanto ha lugar en derecho, se ordenó librar un edicto a todas aquellas personas que se crean con derecho en la presente solicitud, y se ordenó la notificación del Fiscal 7° del Ministerio Público.-

En fecha 27-02-2009, la abogada SULEIMA CONDE, consignó edicto debidamente publicado en el diario Ultimas Noticias, a los fines de surtan los efectos de ley.-

Mediante diligencia de fecha 11-03-2009, la abogada SULEIMA CONDE, solicitó se libren boletas a los ciudadanos ROSA DEL VALLE CRUZ y JUAN FRANCISCO NUÑEZ, para que rindan declaración los mismos.-

En fecha 17-03-2009, el alguacil consignó boleta de notificación debidamente firmada por el Fiscal del Ministerio Público en fecha 16-03-2009.-

Mediante diligencia, de fecha 18-06-2009, el abogado WALFREDO MENDEZ ARAY, en su carácter de Fiscal 7° del Ministerio Público, solicitó se inste a la ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, a los fines de que consigne constancia expedida por la oficina de registro civil del Municipio Raúl Leoni del Estado Bolívar, donde conste que no aparece registrada en dicho organismo el acta de nacimiento de dicha solicitante, y una vez que conste en autos la referida constancia y la declaración de los testigos promovidos, el fiscal no tiene objeción que hacer a la presente solicitud.-

Por auto de fecha 02-04-2009, el tribunal instó a la ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, a los fines de que consigne constancia expedida por la oficina de registro civil del Municipio Raúl Leoni del Estado Bolívar, donde conste que no aparece registrada en dicho organismo su acta de nacimiento.-

Mediante diligencia de fecha 29-06-2009, la ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, asistida por la abogada SULEIMA CONDE, solicitó se conceda nueva oportunidad para la declaración de los testigos promovidos y consignó la constancia solicitada por el tribunal en auto de fecha 02-04-2009.-

Por auto de fecha 06-07-2009, se fijó el quinto día de despacho siguiente a las 10:00 am y 10:30 am, para que rindan declaración los testigos ROSA DEL VALLE CRUZ y JUAN FRANCISCO NUÑEZ respectivamente.-

En fecha 14-07-2009, tuvo lugar la declaración de los testigos promovidos por la solicitante de autos ROSA DEL VALLE CRUZ y JUAN FRANCISCO NUÑEZ.-

Cumplidos como han sido los trámites de sustanciación en el presente procedimiento, éste tribunal procede a pronunciarse sobre la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en los siguientes términos:

U N I C A:

Considera el tribunal que la voluntad expresa de la actora ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, en su libelo de solicitud de expresar que su partida de nacimiento no aparece insertada en los libros de registro civil de nacimientos del Municipio Raíl Leoni del Estado Bolívar, y tampoco aparece registrada en los libros llevados por el Registro Principal del Estado Bolívar, y como quiera que tal inserción es procedente, en virtud de lo antes expuesto y habiendo manifestado el Fiscal 7° del Ministerio Público que no tiene objeciones que hacer a la misma, en fuerza de los razonamientos anteriores, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CRUZ MARIA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, quién nació el día 22-01-1968, en el caserío Costa Rica, Municipio Raúl Leoni, Estado Bolívar, quién es hija de la ciudadana CARMEN ROSA CRUZ, y ordena la inserción de la misma en los libros de registro civil de nacimientos del Municipio Raíl Leoni del Estado Bolívar, ordenándose oficiar lo conducente a las autoridades competentes. Líbrense los correspondientes oficios.-

Publíquese, regístrese y déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los veintiún (21) días del mes de julio del dos mil ocho. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,

Sofía Medina.-
Publicado en el día de su fecha, previo anuncio de ley, a las dos de la tarde (2:00 p.m.).-
La Secretaria Temporal,

Sofía Medina.-

HFG/lismaly.-