REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, trece de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: FP02-R-2009-000190
Asunto Principal: FP02-V-2009-000190

Vistas las diligencias que corren insertas en los folios 19 y 23, de fechas 06 y 09 de julio de 2009 por el abogado Rachid Ricardo Hassani, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.713, en su carácter de apoderado de la parte actora, ciudadanos Enrique de Jesús Rivas Berra y Nailet del Valle Campos Machado, mediante la primera apeló de la decisión de fecha 30 de junio de 2009 y la segunda desistió del recuro de apelación en cuestión, el Tribunal en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, administrando justicia en nombre de la Repúblico Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, a HOMOLOGAR dicho desistimiento.
El Juez,

Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/Yinet.
Resolución Nº PJ0192009000422