REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciséis de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: FP02-F-2008-000303


Vista la manifestación de los Ciudadanos Oswaldo Antonio Garrido Veliz y Margaret de la Concepción Velásquez Prieto, según la cual se produjo entre ellos la reconciliación, este Tribunal de conformidad con el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil declara terminado el procedimiento.- Archivese el presente expediente constante de ocho (08) folios útiles y a tal efecto se ordena su remisión al Archivo Judicial de este Estado.- Así se decide, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.-


El Juez,



Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,



Ab. Soraya A. Charboné P.-

MAC/SACHP/tgsm.-
RESOLUCION N° PJ0192009000429