REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de julio de 2009
AÑOS: 199º y 150º
ASUNTO: UH05-V-2008-000164
Por cuanto de la revisión de las actuaciones que conforman al presente expediente se evidencia, que el niño identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, de nueve (09) años de edad, nacido en fecha 27 de diciembre de 1999, se encontraba bajo los cuidados de la ciudadana ARELY FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.474.647, residenciada en la avenida 1, entre 4 y 5, N° 4-10 de San Felipe del Estado Yaracuy, quien manifiesta no poder ejerciendo la Custodia Provisional del niño de autos, por razones de salud; este Tribunal por considerarlo procedente, en beneficio e interés del niño de autos, a fin de que se le brinde la debida protección, debido a que se desconoce la ubicación de los familiares del niño; ACUERDA LA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN a favor del niño identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, en la UNIDAD DE PROTECCIÓN INTEGRAL “CECILIO MUJICA”, hasta tanto se decida la presente causa; en consecuencia, deberá permanecer el niño en la referida casa Taller. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 126 literal “i”, 128, 396 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
La Jueza,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ
La Secretaria,
Abg. NOREN VANESSA CARVAJAL
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