ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002205
ASUNTO : UP01-P-2005-002205
Recibido el Informe Conductual de fecha 15 de Junio de 2009 suscrito por la Licenciada Yolanda Pineda Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Yaracuy y la Licenciada Rosángela Rubio Delegada de Pruebas del ciudadano ROBERT DANIEL GAVIDIA CASTILLO titular de la cédula de identidad N° 16.823.698 el cual establece que: “período final evaluado con resultados satisfactorios a la medida otorgada”. Este Tribunal observa:
PRIMERO: Por decisión de fecha 21 de Abril del 2008 este Tribunal de Ejecución N° 1, acordó el Beneficio de Libertad Condicional al ciudadano ROBERT DANIEL GAVIDIA CASTILLO titular de la cédula de identidad N° 16.823.698, hasta el cumplimiento total de la pena es decir 15 de Junio de 2009, dándose el penado por notificado en esa misma fecha y comenzando a regir el Beneficio de Libertad Condicional desde esa fecha y visto que el plazo establecido se extinguió en fecha 15 de Junio de 2009 y ha cumplido con las condiciones impuestas por ese Tribunal, según se desprende de los Informes Periódicos recibidos, este Tribunal de Ejecución N° 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda la LIBERTAD PLENA por cumplimiento de pena del ciudadano ROBERT DANIEL GAVIDIA CASTILLO titular de la cédula de identidad N° 16.823.698, residenciado en la calle 23 con avenida 9 casa S/N al lado de Variedades Mirian, Municipio Independencia del Estado Yaracuy. Notifíquese al ciudadano ROBERT DANIEL GAVIDIA CASTILLO, y remítase copia del presente auto a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Yaracuy y al Director del Internado Judicial de esta ciudad. Notifíquese al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público y a la Defensora Pública Penitenciaria. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Jueza de Ejecución N° 1
Abg. María Giménez
Secretaria