REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, tres (03) de junio de dos mil nueve
199º y 150º



Visto que la Audiencia Preliminar en el presente asunto esta prevista para el día de hoy, miércoles tres (03) de junio de 2009, a las once de la mañana (11:00 a.m.). y debido a asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez del Despacho presidir la misma, en consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR de oficio la Audiencia Preliminar para el día JUEVES DIECIOCHO (18) DE JUNIO DE 2009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.




La Secretaria Temporal,



GAUDYS PERALTA.






ASUNTO: UP11-L-2008-000362-Oswaldoliscano.