REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Treinta (30) de Junio de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000221.-
AUTO
Visto que para el día de hoy Martes 30-06-2009 a las A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM), estaba prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada en la presente causa y por cuanto por motivos preferentes del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicha audiencia, no puede ser celebrada. En consecuencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, este Tribunal acuerda Reprogramar la Audiencia Preliminar prolongada para el MIERCOLES 15-07-2009 a las A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
El Secretario Accidental,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
AVLH/JCT/lisbethcamacaro