REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Nueve (09) de Junio de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2008-000616.-
AUTO
Revisadas las actas procesales que integran el presente asunto, y visto el Acta de Mediación y Conciliación de fecha 04-05-2009, que riela a los folios 57 y 58, mediante la cual se Prolongó la Audiencia Preliminar para el Jueves 21-05-2009 a las 11:00 AM y en dicha fecha por error involuntario no se emitió el auto de Reprogramación de la Audiencia Preliminar, la cual había sido fijada para el día de hoy Martes 09-06-2009 a las 10:00 AM. En consecuencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, este Tribunal acuerda REPROGRAMAR la Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES DIECISIETE (17) DE JUNIO DE 2009, A LAS DOS DE LA TARADE (2:00 PM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Secretaria Accidental,
GAUDYS PERALTA
AVLH/GP/lisbethcamacaro