REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Puerto Ordaz, diecinueve (19) de JUNIO de dos mil nueve (2009)
197º y 148º


N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2009-000311
PARTE ACTORA: ALEX APOLINARIO DE JESUS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N1 12.185.795.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN RAMON PINO, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 84.125.
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES ORGANIZADOS S.RL. (VIO)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANGEL LORETO RIVAS, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 7.424.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


INSTALACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO


En el día de Hoy, fecha y hora para que tenga lugar la Instalación en el presente Asunto de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, tres (03) veces en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente los ciudadanos (a) MIGUEL ANGEL LORETO RIVAS, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 7.424, en su condición de representante judicial de la Sociedad Mercantil VIGILANTES ORGANIZADOS S.RL. (VIO), representación ésta que se evidencia de instrumento poder cual consigna en este mismo acto, Parte Demandada en la presente Causa. Dejándose constancia que el ciudadano ALEX APOLINARIO DE JESUS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N1 12.185.795, Parte Accionante, no compareció ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. Asimismo se le hizo entrega a la representación judicial de la parte demandada, las pruebas promovidas por su representada.

Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. A los diecinueve (19) días del mes de Junio del dos mil nueve (2009). Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. MERCEDES SANCHEZ RODRIGUEZ.


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,

Abg. MIGUEL ANGEL LORETO RIVAS


EL SECRETARIO,

Abg. RONALD GUERRA.