ASUNTO: FP02-V-2009-000725
RESOLUCION N° PJ0232009000483
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
En horas de despacho del día de hoy 19/06/09, siendo las Nueve y Treinta de la Mañana (09:30 AM), comparecieron los ciudadanos: JOHANNERYS DEL VALLE RONDON y LUIS RODOLFO RODRIGUEZ LUNA, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-14.652.176 y V-12.194.739, respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, sin asistencia alguna, comparecen los ciudadanos antes identificados, manifiestan que han llegado a un acuerdo de la forma siguiente: 1) El ciudadano: LUIS RODOLFO RODRIGUEZ LUNA, se compromete a suministrarle al niño: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE), la Suma de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo), en forma mensual y consecutiva por concepto de Obligación de Manutención y depositados en la cuenta de ahorros que se ordenó aperturar a la madre guardadora en el Banco GUAYANA, signada con el Nº 0008-0002-30-0002139802, en forma mensual los cinco (5) primeros días de cada mes. 2) Igualmente el ciudadano LUIS RODOLFO RODRIGUEZ LUNA, se compromete a suministrarle al niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE), la suma de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) para el mes de Diciembre, por concepto de Bono Decembrino, para la compra de ropa y calzado del niño antes mencionado. 3) Igualmente el ciudadano LUIS RODOLFO RODRIGUEZ LUNA, se compromete a suministrarle al niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE), la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) a partir del mes de Septiembre del año 2009, por concepto de Bono de Útiles escolares. El Tribunal visto el Convenimiento suscrito por las partes y de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la L.O.P.N.A, ordena HOMOLOGARLO, darle carácter de cosa juzgada. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE PROTECCION (3)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA DEMANDANTE
EL DEMANDADO
LA SECRETARIA DE SALA
ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
LEMR/Virginia Romero
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