REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, nueve de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: FP02-M-2009-000054
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242009000069
Visto el Convenimiento de fecha 13 de Mayo del año 2009, efectuado en el presente Juicio por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, por el ciudadano Abg.- WOANELGE ANTONIO BRAVO MARTINEZ, Inscrito en el I.P.SA bajo el Nº 134.011, en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana DELIS MARIA PERDOMO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.177.796, (parte Actora) y la ciudadana AILEN DEL CARMEN SOSA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.124.348 y de este domicilio (parte demandada).- De conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Se ordena la devolución de los documentos originales que acompañaron la presente demanda - Previa certificación por secretaría.-
LA JUEZA TEMPORAL
Abg.- MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-
LA SECRETARIA
Abg.- LOYSI MERIDA AMATO
MEF/Orlando.-
|