REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciocho de junio de dos mil nueve
199º y 150º
Asunto: FP02-T-2008-000021
Visto el auto que antecede de fecha 17 de junio del presente año, que corre inserto en el folio setenta y nueve (79) del presente asunto, Se Revoca por contrario imperio, dejándose sin efecto dicho auto, en consecuencia se repone la causa al estado de que el defensor judicial Abg. Fernando Jiménez, del ciudadano Ciro Antonio Medina apele del fallo dictado en fecha 08-05-09. Notifíquese al defensor judicial.-
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/leydner.-
Resolución N° PJ0192009000378.-
|