REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 4 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-001724
ASUNTO : UP01-P-2007-001724
Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano abogado , DIANA APONTE RODRIGUEZ, Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con competencia Plena, a través de la cual solicita medida privativa de libertad en contra del ciudadano, ERIXON JOHANDEL GITIERREZ APARICIO, quien es venezolano, mayor de edad, natural de Sarare, Estado Lara, de 22 años de edad, soltero, nacido en fecha : 30-04-1987, de profesión u oficio obrero, residenciado en: en el sector la florida, calle 39, entre 35 y 36 casa sin numero Yaritagua , Estado Yaracuy, quien es señalado en la causa UP01- P- 2007-001724 llevada por ese tribunal, como uno de los autores del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de OSCAR JOSÉ PARRA SUAREZ. venezolano , natural de Sabana de Parra, Estado Yaracuy, de 32 años de edad, nacido en fecha 06-05-74, de profesión u oficio Funcionario de Policía, titular de la Cédula de Identidad, 15.107.492, residenciado en el Barrio la Manga, sector el Tanque, calle Principal, casa sin numero. Toda vez que según investigación que adelante ese despacho fiscal el mencionado ciudadano pudiera ser participe o autor de un hecho ocurrido en fecha 09 de Diciembre de 2006, siendo aproximadamente las nueve y cincuenta horas de la noche, en el Barrio La Manga, sector Barrio El Tanque, calle Principal Sabana de Parra, Municipio Páez del Estado Yaracuy, cuando el ciudadano ÓSCAR JOSÉ PARRA, (Occiso) llegó a la residencia de su concubina Ramírez Arévalo Delia Yaritza, dejando su vehículo marca moto: AVA 150 JAGUAR, color Rojo, serial LZ15PA1X6HA53866 año 2006, estacionada fuera cuando afuera del inmueble se detienen dos sujetos , uno de ellos se recuesta en la pared de la casa y le solicita a dicha ciudadana, un vaso con agua, quien tras consultar a su concubino accede en dárselo, estos sujetos, en el instante sacan unas amas de fuego apuntando con ellas a la ciudadana Delia Ramírez, uno de ellos se acerca la victima OSCAR JOSÉ PARRA SUAREZ, piden que les entregue la llave de su moto quien se niega a ello, comenzando a forcejear con estos sujetos, en ese momento la ciudadana Delia Ramírez acude a pedir auxilio de vecinos, momentos en que escucha varias detonaciones que provenían de su casa, siendo que ambos sujetos salen corriendo, luego de haber dado muerte al funcionario Policial OSCAR JOSÉ PARRA.
La presente solicitud es acompañada de los siguientes elementos de convicción: 1.- Recepción telefónica, Trascripción de novedad de fecha 09 de Diciembre de 2006 numeral 19 a las 23:10 horas de la noche. Recepción telefónica, Se recibe llamada de parte del Sargento Ovidio Crespo, adscrito a la Comandancia de Policía del Municipio Páez, del Estado Yaracuy, informando a través de la misma que en el sector, el Tanque de la Población Sabana de Parra del Estado Yaracuy se encuentra el Cadáver de una persona de sexo masculino presentando heridas por el paso de proyectiles disparados por armas de fuego.2.- Acta de investigación de fecha 10 de diciembre de de 2006, suscrita por el funcionario Alí Rodríguez, adscrito a la sub Delegación de Yaritagua. 3.- Inspección técnica N° 0893 de fecha 09-12-2006, a las 11:50 horas de la noche, suscrita por los funcionarios: Sub Comisario Elvis Aponte, Detective Nuvrel Araujo, Agentes Yohan Rodríguez, y Ali Rodríguez, adscritos al CICPC Sub delegación de Yaritagua, realizada en vía pública , barrio La Manga, sector El Tanque, frente a la vivienda sin numero de color salmón , Sabana de Parra, Municipio Páez del Estado Yaracuy. 4.- Inspección técnica Nro. 0893 y 0894, de fecha 09 de Diciembre de 2006 realizada por funcionarios adscritos al Área Técnica Policial del CICPC, Sub Delegación de Yaritagua, contentiva de fotos numeradas:01,02,03,05,06,07,08, 09, 10, 11,12,13,14,15. 5.- Acta de entrevista de fecha 10-12-2006, de la ciudadana Ramírez, Arévalo Delia Yaritza, venezolana, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy, de 28 años, nacida el 20-05.78, soltera, obrera residente en el barrio la Manga, sector el Tanque, calle principal, Sabana de Parra, Municipio Páez Estado Yaracuy, portadora de la Cédula de Identidad N° 15.107.492. 6.- Acta de entrevista de fecha 10- 12- 2006 del ciudadano Fernández Arguelles Pedro José, de nacionalidad, venezolana, natural de Sabana de Parra Estado Yaracuy, de 39 años, nacido el 04-09-1967, soltero, albañil residenciado en el sector La Manga del barrio el Tanque calle Principal, Sabana de Parra, Municipio Páez del Estado Yaracuy, titular de la Cédula de Identidad IM° 10.373.814. 7.- Acta de Investigación N° 0893 de fecha 10.12-2006, suscrita por los funcionarios Ali Rodríguez y Yohan Rodríguez, adscritos al CICPC de Yaritagua, donde se deja constancia que se realizo inspección Técnica de dos cadáver en la morgue del Hospital de San Felipe donde se deja constancia de las heridas que presentan el cadáver. 8.- Inspección técnica N° 0894 de fecha 10 -12-2006 suscrita por los funcionarios Yohan Rodríguez, Y Ali Rodríguez mediante la cual dejan constancia de la inspección realizada en la Morgue del hospital Central de San Felipe Estado Yaracuy, dejando constancia del lugar y del hallazgo de un cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino y sus características fisonómicas así como de las heridas que presenta. 9.-Acta de Investigación Penal de fecha 10-12-2006 suscrita por los funcionarios Héctor Silva, Yeroski Cabrera y Nurvel Araujo, adscritos al CICPC Sub delegación de Yaritagua, quienes realizan inspección exhaustiva del lugar de los hechos a fin de incautar evidencias de interés criminalístico. 10.- Acta de Investigación de fecha 10-12-2006 suscrita por los funcionarios Yohan Rodríguez, Y Ali Rodríguez, adscritos al CICPC Sub Delegación de Yaritagua, quienes presencia en momento de practicar la autopsia del ley del ciudadano occiso Oscar José Parra Suárez, quienes fueron atendidos por la Patólogo Ana María Urdaneta, quien les indica que la causa de la muerte como insuficiencia respiratoria aguda debido a la perforación tráquea como consecuencia de herida producida por el paso de proyectiles disparados por un arma de fuego. 11.- Acta de Investigación de fecha 10-12-2006, suscrita por el funcionario Ali Brizuela adscrito al CICPC Yaritagua, quien se traslada a la morgue del Hospital de San Felipe fin de ubicar a Dra. María Beatriz Rivero Odontólogo Forense para que realice inspección en heridas presumiblemente mordeduras, sobre el occiso. 12.- Oficio N° 9700-176- 2648 de fecha 10-12-2006, suscrita por el Lic. Wilmer Alberto Ramos adscrito al CICPC de Yaritagua, quien solicita Acta de Defunción del Occiso Osear José Parra Suárez. 13.- Acta de Defunción Expedida por la coordinadora de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez. 14.- Oficio N° 9700-176-2650, de fecha 10-12-2006, suscrita por el funcionario Lic. Wilmer Ramos Delgado adscrito al CICPC Yaritagua, contentiva de la solicitud del protocolo de Autopsia del occiso Oscar José Parra Suárez. 15.- Memorándum NO 9700-176-2653 de fecha 10-12-2006, donde se remiten la vestimenta de la victima para realizar experticia. 17.- Planilla de Registro de Cadena de Custodia N° 0416. 18.-Memorandun de NO 9700-176-2654, de fecha 10-12-2006 suscrito por el lic. Wilmer Ramos adscrito al CICPC Yaritagua contentiva de la remisión de evidencia: Un proyectil parcialmente deformado de color gris extraído del cadáver del occiso. 19- Acta de Enterramiento perteneciente al occiso Oscar José Parra Suárez suscrita por Jorge Luís Peña, Coordinador del Cementerio Municipal José Antonio Páez. 20 Oficio Nº 9700-123-0053 de fecha 11 -12-2006 contentiva de Autopsia suscrita por la Anatomapatologo Ana María Urdaneta de Romero adscrita a Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del CICPC región Yaracuy. 21.- Oficio 9700-176 EXPVA-096 de fecha 11 -12-2006, suscrito por el funcionario Ali Pastor Brizuela, adscrito al CICPC Yaritagua, quien realizo experticia sobre el vehículo tipo moto de propiedad del occiso. 22.- Registro de recepción de vehículos recuperados de fecha 10-12-2006 PVR0115. 23.- Acta de Investigación penal de fecha 12-12-2006, suscrita por el detective Araujo NurveL adscrito al CICPC Yaritagua mediante la cual contentiva de la recepción de una llamada telefónica de una persona de sexo masculino , quien dijo ser residente del sector La florida y quien no quiso aportar sus datos filíatenos manifestó que el día sábado (09 -12-2006-) aproximadamente a las 10:30 horas de la noche su persona se encontraba en la esquina de la calle 10 del sector la florida en momento en que llegaron dos ciudadano y le manifestaron a un grupo de ciudadano que se encontraba presentes que los mismo le habían dado chuleta (muerte) , a un ciudadano en la población de Sabana de Parra, y que lo habían hecho porque el mismo se negó a entregar las llaves de su moto y que era un funcionario policial. 24.- Acta de Entrevista de fecha 12-12-2006 de la ciudadana Nancy Sarramera Acosta de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal de 30 años nacida el 04-01-76 estado civil soltera de profesión u oficio del hogar residenciada en le barrio El Carmen, calle 11, entre 02 y 02 Sabana de Parra Municipio Páez del Estado Yaracuy titular de la Cédula de Identidad N° 13.852 852. 25.- Acta de Investigación Penal de fecha 12 -12 -2006, suscrita por el funcionario Nurvel Araujo. 26.- Memorándum N°9700-123-024 de fecha 12-01-2007, mediante el cual se anexa retrato hablado realizado con los dataos aportados por la ciudadano Delia Yaritza Ramírez. 27.- Oficio NO 9700-123 2045 de fecha 17 -12-2006 mediante el suscrito por el funcionario Dahmiles Robaina, adscrito al Departamento de Criminalística de CIPCP de San Felipe mediante el cual se practica Reconocimiento Legal y Hematológica a las evidencias recibidas. 28-. Experticia de Reconocimiento Técnico, Oficio N°9700-123-2036 de fecha 19-12-2006 suscrita por el funcionario Hernán Graterol, adscrito al CICPC San Felipe mediante el cual deja constancia del Reconocimiento técnico de un proyectil percutido. 29-. Registro de cadena de custodia contentivo de un proyectil de color gris parcialmente deformado extraído del cadáver del ciudadano que en vida respondiera al nombre de Oscar José Parra Suárez. 30.- Acta de Investigación Penal de fecha 19 -12-2006 suscrita por el funcionario Inspector Cabrera Yeroski adscrito al CICPC –Yaritagua , quien entre otras cosas deja constancia de lo siguiente;(…), “lográndose la aprehensión del ciudadano Ericson Johandel Gutiérrez, incautándosele arma de fuego tipo revolver, marca Jaguar, calibre 38, especial, color gris, serial 057335, y la cantidad de 40 envoltorios contentivos de presunta droga denominados crack quien fuera puesto a la orden de la Fiscalía 10, de competencia en la materia(..). 31.- Registro de cadena de Custodia Mediante memorándum N°9700-176-2753 de fecha 19-12-2006. 32.- Experticia de Reconocimiento Técnico según Oficio, N° 9700-123-2095 de fecha 20 de Diciembre de 2006, suscrita por el funcionario Hernán Graterol adscrito al CICPC San Felipe, sobre un arma de fuego y cuatro balas Tipo Revolver marca Jaguar calibre 38.
33.- Acta de Investigación Penal de fecha 05 01.07, suscrita por el funcionario Alexander Carrasquero, adscrito al CICPC Sub Delegación de Yaritagua donde deja Constancia de la recepción de una llamada de una persona identificada como Pedro Quintana, quién sostuvo haber llamado al la sub delegación el día 09-12-06, en horas de la tarde y había suministrado la información donde el ciudadano ERICSSON JOHANDEL GUTIÉRREZ APARICIO, a quien habían detenido con presunta droga y un revolver y que era una de las personas que había dado muerte al Oscar José Parra Suárez. para robarle la moto, y que me había dicho que la otra persona que persona que andaba con JOHANDEL, había sido Danielito, pero que la gente decía que era Daniel Apodado el Nemita, y que este vivía en Chivacoa, pero que este Daniel apodado el ñemita , no era el que acompañó a JOHANDEL cuando mataron al policía sino DANIEL ROJAS MERCHAN v que al mismo lo apodan Danielito. 33.- Acta De Investigación de fecha 08 de 01-2007 suscrita por Inspector Cabrera Yerosky, funcionario adscrito al CICPC de Yaritagua, mediante la cual se dejan constancia de las actuaciones del expediente N ° H 340352 donde aparece implico el ciudadano Erixon Johandel Gutiérrez Aparicio y las cuales se ordena agregar al la investigación N° 340-379. 34.- Acta de investigación penal de fecha 19-12-2006 suscrita por el funcionario Alexander Carrasquero donde dejan constancia de una llamada telefónica por parte de un ciudadano identificado como Pedro Quintana. Informándome que un sujeto Ericsson Gutiérrez, que una comisión de ese despacho había detenido en la calle 10 con 32 de la Florida de Yaritagua y le habían decomisado un revolver y un frasco de droga , había matado a un policía de nombre Oscar Parra en Sabana de Parra el 09-12-2006. 35.- Acta de Investigación de fecha 21 12-2006, donde se deja constancia de la Orden de allanamiento y la vista domiciliaria realizada en la siguiente dirección: suscrita por los funcionarios Yeroski Cabrera, Alexander Carrasqueño, adscritos al CICPC, y Orlando Antillano adscrito al INVYTY. 36. Orden de Allanamiento de fecha 15.12.2006, causa N° UP-01-P-2006-003582. 37.- Memorando de fecha 22 02-2007, suscrita por el funcionario Wilmer Ramos Delgado adscrito al CICPC de Yaritagua, mediante el cual se solicita la designaron de expertos para levantamiento planimetrito y trayectoria balística, para la investigación H340-352. 38.- Experticia de Reconocimiento Médico Legal, Hematológica , Química y Física sobre evidencias recibidas, según Oficio N° 9700123-2067, de fecha 20.01-2007, suscrito por el funcionario Ing. Dahmiles Robaina adscrito al Departamento de Criminalística del CICPC e San Felipe. 39 .- Experticia Tricológica sobre evidencias recibidas, según Oficio N° 9700123-2067, de fecha 2801-2007, suscrito por el funcionario Ing Dahmiles Robaina adscrito al Departamento de Criminalística del CICPC e San Felipe. 40. Autorización de fecha 21 12-2006, expedida por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de control sobre corte arrancado y peinado de cortes pilosos del ciudadano Ericsson Johandel Gutiérrez Aparicio. 41.- Orden de Allanamiento de fecha 21-12-2000 expedida por el Juzgado de Control en la dirección del ciudadano Daniel Moyetones Alias el Nemita, SECTOR Piedra Grande, Calle Principal N° 22 Diagonal a la Concha Municipio Autónomo San Felipe. Estado Yaracuy. 42. Acta de investigación Penal de fecha 24-04-2007, suscrita por el funcionario Cabrera Yeroski adscrito a la sub Delegación de Yaritagua mediante el cual se deja constancia de las actuaciones realizadas a fin de dar con la ubicación de los ciudadanos Luis Daniel Rojas Marchan y Ericsson Johandel Gutiérrez Aparicio.
Aprecia este Tribunal para decidir que nos encontramos en presencia de un hecho delictivo de muy reciente data como lo es el Homicidio Calificado por motivos Fútiles e Innobles donde perdió la vida el ciudadano OSCAR JOSE PARRA según el escrito fiscal, apreciándose también de la revisión de las actuaciones que se desprende la presunción que los ciudadanos LUIS DANIEL ROJAS MARCHAN quien se encuentra en los actuales momentos privado de libertad a la orden de este Tribunal ya acusado por este mismo asunto, y ERIXON JOHANDEL GUTIERREZ APARICIO, quien pudiera ser participe o autor del hecho investigado, el cual siendo un delito que tiene en su limite máximo una pena superior a diez años lo cual hace presumir el peligro de fuga de este ciudadano quien en los actuales momentos no da garantías de someterse a la investigación que adelanta el Ministerio Publico. Motivo por el cual Este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA: LA APREHESION JUDICIAL DEL CIUDADANO ERIXON JOHANDEL GUTIERREZ APARICIO quien es venezolano, mayor de edad, natural de Sarare, Estado Lara, de 22 años de edad, soltero, nacido en fecha : 30-04-1987, de profesión u oficio obrero, residenciado en: en el sector la florida, calle 39, entre 35 y 36 casa sin numero Yaritagua , Estado Yaracuy . por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos Fútiles e Innobles previstos y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 250 ejusdem, por lo que en consecuencia se ordena librar los correspondientes oficios de captura a la Comandancia General de Policía, al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas y a la Guardia Nacional. Cúmplase y Ofíciese lo conducente, Publíquese, Regístrese
El Juez de Control
El Secretario
Abog. Julio César Torres