REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 30 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-005107
ASUNTO : UP01-P-2008-005107
Vista el Oficio No. 6265 de fecha 02/02/09 y Oficio No. 9183 de fecha 26/03/09 emanado del Tribunal de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, solicitando información y traslado de los ciudadanos MIGUEL ANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, ANTONY GERSON TORREALBA HERNANDEZ y FRANKLIN JOSE MUJICA SANCHEZ, titulares de las Cedulas de Identidad No. 19.590.878, 21.049.215, 17.814.091, este Tribunal pasa a decir en los siguientes términos:
En cuanto a la información requerida, este Tribunal pasa a informar que los ciudadanos MIGUEL ANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, ANTONY GERSON TORREALBA HERNANDEZ y FRANKLIN JOSE MUJICA SANCHEZ, el Ministerio Publico presento acusación por los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA y FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y ASOCIACION PARA DELINQUIR. E igualmente se informa que la Audiencia Preliminar esta fijada para el día 23/04/09
De la lectura del Oficio No. 9183 de fecha 26/03/09, se desprende que el Tribunal de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 17/03/09 ordeno librar ORDEN DE APREHENSION A NIVEL NACIONAL, en contra de los ciudadanos MIGUEL ANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, ANTONY GERSON TORREALBA HERNANDEZ y FRANKLIN JOSE MUJICA SANCHEZ, plenamente identificados en autos, y solicita con carácter de urgencia el traslado de los mismos a fin de realizar AUDIENCIA ORAL de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Vista la solicitud realizada por el Tribunal de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, acuerda el traslado de los mismos con carácter de urgencia, el cual se hará con la seguridad del caso, traslado que se hará efectivo el día 03 de abril de 2008, a las 2 p.m. al Tribunal de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Los imputados en mención se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario de Tocuyito, Estado Carabobo. Una vez realizada la Audiencia Oral deben ser traslados al Centro Penitenciario de Tocuyito, Estado Carabobo. Ofíciese lo conducente. Notifíquese al Tribunal de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Regístrese. Cúmplase.
Juez de Control Nº 5,
César Rafael Girón Fadel
Abogado La Secretaria