REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 23 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-002108
ASUNTO : UP01-P-2006-002108


ACTUALIZACION DE COMPUTOS

Revisadas las actas que conforman el presente asunto, en el cual figura como penado el ciudadano JORGE RAFAEL MORLES PEREZ titular de la cedula de identidad NV-16.089.862. Conforme al lo dispuesto en el articulo 482 del código orgánico procesal penal, este tribunal procede a actualizar el computo de la pena en los Siguientes términos de acuerdo ala revisión exhaustiva de las actas que conforman el Dossier se evidencia PRIMERO que corre inserta en el folio 170 al 171 auto de ejecución de sentencia en la cual se evidencia que el penado para 06- de marzo del 2007 tenia un tiempo cumplido de seis 6 meses y veintiséis 26 días SEGUNDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 482 DEL COPP TERCERO se evidencia que para la presente fecha ha transcurrido nueve 9 meses y trece 13 días lo cual nos daría un tiempo de detención física de cuatro 4 años ONCE 11 meses y diez 10 días CUARTO CORRE INSERTA EN EL DOSSIER FOLIOS 192 ACTA DE REDENCION DE FECHA 10 DE FEBRERO DE 2009 DE la cual se desprende que el penado laboro como artesano desde el 10-01-08 al 23-01-09 para un total de tiempo trabajado de un 1 año y trece 13 días días de trabajo cumplido que el que al aplicársele el articulo 3 de la ley de redención por el trabajo y el estudio nos queda en seis 6 meses y seis 6 días tiempo que este tribunal declara redimido en el presente acto QUINTO al ser sumados el tiempo de detención física y el tiempo redimido nos da un total de pena cumplida de TRES 3 AÑOS UN 1 MES 21 VEINTIUNDIA Y DOCE 12 HORAS POR LO QUE se observa que el penado a cumplido mas de un ¼ de la pena por lo que puede optar al beneficio de destacamento de trabajo, verificándose que consta en el expediente la carta de antecedentes penales, por lo que se acuerda oficiar ala unidad técnica para que proceda a practicar el informe psicoso-cial se acuerda notificar al penado ,expedir copia certificada ala consultoria jurídica del internado judicial Yaracuy y a la Fiscalia undécima del ministerio publico ,Yaracuy CUMPLASE SECRETARIA
LUIS VALDIVIESO ABG
JUEZ DE EJECUCION 2