REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de San Felipe
San Felipe, 3 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2009-000029
ASUNTO : UP01-D-2009-000029
Visto el escrito presentado por el Director General de la Entidad Socio Educativa Saina ciudadano: Profesor Adelmo Jiménez y ratificado vía telefónica por la Abogada Clara Armanie de Consultaría Jurídica del Saina a los fines de requerir de este Despacho Judicial permiso a la adolescente Maria Isabel Torres Rojas para el día Sábado 07 de Marzo de 2009 para que participen en los actos que se denominados Cien por Ciento Vida que se realizaran en las Instalaciones del Centro Casa Abrigo Taller “ El Eneal” entidad adscrita al Saina Lara , ubicado en la vía Duaca Sector El Eneal Municipio Crespo del Estado Lara , siendo las mismas un encuentro deportivo con las adolescentes de distintas Entidades , en el cual se realizaran a su vez actividades culturales. Este Tribunal para decidir lo peticionado observa:
I
A los fines de preservar las garantías de los adolescentes, previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, previsto en el artículo 63 de la Ley especial que se refiere al derecho al Descanso a la Recreación, al Esparcimiento, al Deporte, al Juego dirigidos a garantizar el desarrollo integral de los Niños y de los Adolescentes, y a fortalecer los valores de solidaridad, tolerancia , identidad cultural y conservación del ambiente, en consecuencia de conformidad con la precitada norma jurídica y cónsonos con lo previsto en el artículo 8 de la Ley especial que rige la materia este Tribunal de Control N°1 especializado previa las seguridades del caso y con la debida custodia autoriza el traslado de la adolescente: Maria Isabel Torres Rojas, a fin de participar en la actividad deportiva que se efectuara el día 07 de Marzo de 2009, en las Instalaciones del Centro Casa Abrigo Taller “ El Eneal “ requerida por el Director de la Entidad Socio Educativa Saina, debiendo ser reintegrada la adolescente encartada a la referida Entidad de Atención una vez culminada la actividad .
II
Por las razones que anteceden este Tribunal de Control N°1 especializado Administrando Judicial en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda el Permiso requerido por el ciudadano Profesor Adelmo Jiménez, Director General del Saina Lara y por la Abogada Clara Armanie de Consultaría Jurídica del Saina para que trasladen previa las seguridades del caso a la adolescente Maria Isabel Torres Rojas plenamente identificada en autos para el día sábado 07 de marzo de 2009, a la actividad denominado Cien por Ciento Vida que se realizaran en las Instalaciones del Centro Casa Abrigo Taller “ El Eneal” Entidad adscrita al Saina Lara , ubicado en la vía Duaca Sector El Eneal Municipio Crespo del Estado Lara , todo de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y artículo 63 ejusdem, por lo que la referida una vez concluida la actividad deberá ser reintegrada a la institución y en consecuencia notificar a este Tribunal. Líbrese el oficio correspondiente Cúmplase.
La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes.
Abg. Yurubí Domínguez Ochoa
La Secretaria
Abg., Cecilia Zerpa