REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, dieciséis (16) de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2008-000332
Visto que para el día de hoy, lunes dieciséis (16) de marzo de 2009, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), estaba fijada la Celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa signada con el N. UP11-L-2008-000332, y por cuanto por asuntos preferentes del Tribunal, la Ciudadana Juez del Despacho no puede presidir dicho acto. Este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR la Celebración de dicha Audiencia Preliminar, en consecuencia, se fija el día LUNES VEINTITRES (23) DE MARZO DE 2009, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), la oportunidad para su celebración No se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ


La Secretaria,



Abg. GRECIA VERASTEGUI


AL/GV/dilciasosa