REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000604.
PARTE DEMANDANTE: CHARLIES LINAREZ CASTILLO.
REPRESENTADO POR: Abg. YRAIMA BEATRIZ YANEZ DAL.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE CORYAN, C.A.
EN LA PERSONA DE: CELSO ENRIQUE CORONEL YEPEZ.
ASISTIDO POR: Abg. FROILA ESTHER BRICEÑO SIERRA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los CINCO (05) días del mes de MARZO de 2009, siendo las 11:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: CHARLIES LINAREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.860.470, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: YRAIMA BEATRIZ YANEZ DAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.912.609 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 40.120, de este domicilio, actuando con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: de LA EMPRESA TRANSPORTE CORYAN, C.A, representada por el ciudadano: CELSO ENRIQUE CORONEL YEPEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 7.367.061, domiciliado en el Sector MotoCross, Cambural, Parroquia San Andrés, Municipio Peña del Estado Yaracuy, en su condición de Presidente de la Empresa Demandada, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio: FROILA ESTHER BRICEÑO SIERRA, venezolana, mayor de edad e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 14.388, de este domicilio, conforme a la causa signada con el N° UP11-L-2008-000604, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto la Apoderada Judicial del Actor y el Presidente de la Empresa Demandada asistido por Abogado; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 13-03-2009, a las 12:00 M. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que la Apoderada Judicial del demandante, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Tres (03) folios útiles y sus Vtos, con Seis (06) anexos marcados con las letras:”RP-1”, “RP-2”,”RP-3”,”RP-4”, “Autorización de Circulación de Vehiculos” y “Formulario Orden de carga”. Así mismo, esta Sentenciadora deja constancia que el Presidente de la empresa demandada asistido por Abogado, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Cuatro (04) folios útiles, con Veintitrés (23) anexos marcados con los números y letras: desde el “01” hasta el ”21”; ”A” y “B”.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los CINCO (05) días del mes de MARZO de 2009. Siendo 12: 25 M del Mediodía. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
Transporte Coryan, C.A”
Representado por: Representada por:
Abg. YRAIMA B. YANEZ D. Ing. CELSO E. CORONEL Y. (Presiente de la Empresa).
Asistido por:
Abg. FROILA E. BRICEÑO S.
El Secretaria.
Abg. ZORAN GARCIA.
AVLH/ZG.
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