REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, nueve (09) de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2008-000170
Vista la diligencia cursante al folio ochenta y dos (82) del presente asunto, suscrita por las Abogados en ejercicio: ERIKA OJEDA y ZAFIRO NAVAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 108.441 y N° 24.555 respectivamente, la primera actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandante, y la segunda actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la reprogramación de la Audiencia fijada para el día LUNES 09-03-2009, a las 12:00 M. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda REPROGRAMAR la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada, para el día LUNES VEINTITRES (23) DE MARZO DE 2009, A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 PM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez;
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
El Secretario;
Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA
AVLH/REA/dilciasosa