REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe Once (11) de Marzo de 2009
198° y 150°
ASUNTO: UP11-L-2008-000184
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto a las pruebas documentales promovidas en los capítulos PRIMERO al SEXTO referente a: Recibos de pagos, Constancias de trabajos, Cartas de despidos: no se admiten por cuanto no constan en autos, con respecto a: Providencia Administrativas, Acta de fecha 22-08-2007, Apertura de procedimiento de multa este tribunal la ADMITE, por no ser manifiestamente ilegales o impertinente de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
B. En cuanto a la prueba de informe promovida en el capítulo TERCERO, este tribunal la ADMITE, por lo que se ordena oficiar al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES para que informen sobre los siguientes particulares: a) Si los ciudadanos SOLANGI ARRIECHE, MARIA GALINDEZ, JUANA TORRES, MARIA ORTIZ, NABETZI GALINEZ, MARIA MOLLETONES, NELLYS MENDOZA, XIOMARA OROPEZA, ZOILA GONZALEZ, NARCISO PINEDA, CARLOS HEREDIA, LUIS GONZALEZ, FERNANDO PEREZ, ANTONIO TORRES Y VICTOR PUERTAS, titulares de las cedulas de identidad Nº 12.285.433, 7.587.090, 12.283.174, 5.456.974, 15.387.506, 7.576.249, 11.260.617, 7.585.415, 7.580.396, 3.292.952, 3.912.475, 7.579.166, 10.373.055, 11.276.640 Y 11.654.070, respectivamente, se encuentran inscritos por ante ese organismo como contribuyente, b) Si la Secretaria de Educación y Cultura de la Gobernación del Estado Yaracuy y posteriormente el Instituto Autónomo de Cultura y Servicios Educacionales realizaron aportes a favor de los ciudadanos SOLANGI ARRIECHE, MARIA GALINDEZ, JUANA TORRES, MARIA ORTIZ, NABETZI GALINEZ, MARIA MOLLETONES, NELLYS MENDOZA, XIOMARA OROPEZA, ZOILA GONZALEZ, NARCISO PINEDA, CARLOS HEREDIA, LUIS GONZALEZ, FERNANDO PEREZ, ANTONIO TORRES Y VICTOR PUERTAS, titulares de las cedulas de identidad Nº 12.285.433, 7.587.090, 12.283.174, 5.456.974, 15.387.506, 7.576.249, 11.260.617, 7.585.415, 7.580.396, 3.292.952, 3.912.475, 7.579.166, 10.373.055, 11.276.640 Y 11.654.070, respectivamente,, sus asalariados de las cuotas de afiliación, c) De ser afirmativa la respuesta anterior, cual es el monto de las cuotas de afiliación, d) La fecha desde cuando dejó de efectuarse a favor de los ciudadanos SOLANGI ARRIECHE, MARIA GALINDEZ, JUANA TORRES, MARIA ORTIZ, NABETZI GALINEZ, MARIA MOLLETONES, NELLYS MENDOZA, XIOMARA OROPEZA, ZOILA GONZALEZ, NARCISO PINEDA, CARLOS HEREDIA, LUIS GONZALEZ, FERNANDO PEREZ, ANTONIO TORRES Y VICTOR PUERTAS, titulares de las cedulas de identidad Nº 12.285.433, 7.587.090, 12.283.174, 5.456.974, 15.387.506, 7.576.249, 11.260.617, 7.585.415, 7.580.396, 3.292.952, 3.912.475, 7.579.166, 10.373.055, 11.276.640 Y 11.654.070, respectivamente, el aporte correspondiente. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
C. En cuanto a la prueba de Exhibición promovida en el capítulo OCTAVO al DECIMO QUINTO, este tribunal la ADMITE, por lo que se fija la oportunidad y la hora para su evacuación en la audiencia de juicio de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo.
PARTE DEMANDADA: No Promovió pruebas.
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;
Abg. Mirbelis Almea