REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 24 de Marzo de 2009
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001523
PARTE ACTORA: Richard Ernesto Ramos Marcano, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.863.291.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Héctor Rafael Hernández, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 43.640.-
PARTE DEMANDADA: Expresos Maturin C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Licet Martínez, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 43.910.
MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales

Hoy, 24 de Marzo de 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para la continuación de la audiencia preliminar, se deja expresa constancia que una vez anunciada la audiencia a la puertas del tribunal, comparecen el ciudadano Richard Ernesto Ramos Marcano, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.863.291, debidamente asistido por el Dr. Héctor Rafael Hernández, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 43.640, por una parte y por la otra la Dra. Jaritza Josefina Castro Rondon, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 112.853, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la empresa Expresos Maturin C.A., a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma, esgrimiendo situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Lunes 13 de Abril de 2009 a las 10:30 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ



Los Presentes