REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 30 de Marzo de 2009
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001693
PARTE ACTORA: Maria Gabriela Centeno Boada, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 11.515.405.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Luis Alberto Rosas, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 93.379.-
PARTE DEMANDADA: Centro de Salud Integral Clínica de Venezuela C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Ferddy José Rojas, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 114.558.
MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales

Hoy, 30 de Marzo de 2009, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparece la ciudadana Maria Gabriela Centeno Boada, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 11.515.405, en su cualidad de parte actora, debidamente asistida por el Dr. Luis Alberto Rosas, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 93.379 por una parte y por la otra el Dr. Johann Rodríguez Concho Ferddy José Rojas, quienes son abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los N°s 125.404 y 114.558 respectivamente, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada Centro de Salud Integral Clínica de Venezuela C.A,. a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a las partes quienes esgrimen situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Jueves 23 de Abril de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ



Los Presentes